QUINIENTOS AÑOS…(14)
PROPOSICION QUE HACEN LOS PROPIETARIOS DE LOS TERRENOS DE LAS MARGENES DEL URUMEA PARA EL ENCAUZAMIENTO DE DICHO RIO
Los que suscriben, propietarios de los terrenos de Amara en ambas márgenes del río Urumea, representando aproximadamente trecientos cincuenta mil metros cuadrados, respetuosamente exponen de V.E.: Que se comprometen a ceder gratuitamente a esa Exma. Corporación el cincuenta por ciento de los mencionados terrenos en las condiciones siguientes:
1º El Exmo. Ayuntamiento deberá invertir la totalidad de los terrenos que se le ceden en el nuevo cauce del río, calles, plazas, paseos y edificios públicos.
2º La totalidad de las obras de desviación y encauzamiento del río Urumea deberán dar principio en todo el año próximo de 1909 y finalizarán durante el año 1911.
3º Quedará igualmente obligada la Corporación a ejecutar en un plazo que no excederá en cinco años, la avenida principal independiente de la del paseo de Los Fueros que empezando en el Árbol de Guernica, termine en los límites de los terrenos de Santiago; y otra avenida cruzando a la primera en su parte central a todas estas vías, a medida que se vallan ejecutando se las dotará de los servicios públicos municipales.
4º Los que suscriben, considerando suficiente el plazo de un mes para obtener una contestación, sostendrán la presente proposición durante el plazo señalado.
Por si esta Corporación no se decidiese a ejecutar las obras de desviación y encauzamiento, los proponentes se permiten manifestar que se hallan dispuestos a entrar desde luego en negociaciones para llevar a cabo las mismas en las condiciones que en debido tiempo se estipulen.
En virtud de lo expuesto:
SUPLICAN A V.E. Que tomando en consideración los términos de la anterior proposición, se sirva adoptar la resolución que estime conveniente a lo cual quedarán muy reconocidos.
San Sebastián, 6 de Diciembre de 1908
Firmado: El Presidente.= M. Seminario.= Lorenzo Arteaga.= Landaberea y Echeverría.= Félix Velasco.= Manuel Ervias.= Mª de la Paz Gortaza Viuda de Lopetedi.= Gregorio Buenechea.= Viuda de Guereca.= Juan María Aguirrebengoa.= Toribio Alzaga.= Evaristo Goitia.=Manuel Mercader.= José Trecu.= Vicente Mendizábal.= Evaristo de Elduayen.
EXCMO AYUNTAMIENTO DE ESTA CIUDAD
El Alcalde Sr. Zuaznabar envía al Gobernador Civil de Guipuzcoa el siguiente escrito:
Transcurrido el plazo concedido por V.E. a tenor a lo dispuesto de el artículo 20 de la Ley de Expropiación forzosa para la designación de peritos que hayan de representar a los interesados en el expediente de expropiación para las obras de desviación y encauzamiento del río Urumea, a los efectos y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21 y siguientes de dicha ley y 34 y siguientes de su Reglamento, tengo el honor de remitir a V.E. la relación de los propietarios que han presentado peritos y el nombre de estos para que los representen en las operaciones de justiprecio de las fincas afectadas por aquella obras que es como sigue:
D. Vicente Mendiburu como representante de los Herederos de D. Gregorio Mendiburu, nombra Perito a D. Ramón Cortazar, Arquitecto.
D. José Miguel Mendiburu, como representante de los Herederos de D. Melquiades Mendiburu, id. id. id. id.
D. Toribio Alzaga como representante de los Herederos de Doña Matea Carmen Mendiburu, id. id. id. id.
Compañía Eléctrica del Urumea, nombra perito a D. Domingo Aguirrebengoa, Arquitecto.
Herederos de D. Félix Velasco, nombra perito a D. Domingo Aguirrebengoa.
Id. D. Antonio Guerrea id. id. id. id.
Id. D. Bartolomé Lopetedi, id. id. id. Id.
Doña Sandalias Usabiaga, viuda de Aguirrebengoa id. id. id. id.
D. Agustín Ubarrechena en representación de D. Evaristo Goitia, D.José Trecu, D. Lorenzo Arteaga, D. Vicente Mendizabal, nombran perito a D. Luis Elizalde, Arquitecto.
D. Juan Olazábal como administrador de los Sres. Olazábal Hermanos, id. id. id. id.
D. Cándido Pastor, id. id. id. id.
Compañía de caminos de hierro del Norte de España, nombra perito a D. Eusebio Calvo y Aróstegui, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
D. Evaristo Goitia, como representante de los Herederos de D.José Antonio Goitia, nombra perito a D.Ramón Pagola, Ingeniero de Caminos Canales y Puertos, y
D. Francisco Goitia, id, id, id, id,
Debo también comunicar a V.E. que los Herederos de Landaberea y Echeverría no han hecho ninguna designación de perito,
San Sebastián 30 de Octubre de 1908
Firmado el Alacalde.= Zuaznabar
Excmo. Sr. Gobernador Civil de Guipuzcoa.
La Comisión de obras teniendo presente la importancia del asunto que se interesa en este escrito, tiene el honor de proponer a V.E. que inste a los firmantes del mismo a que supriman la condición de que se les conteste en el plazo de un mes y que se deje al Ayuntamiento en libertad de estudiar detenidamente las proposiciones que se la hacen durante el tiempo que estime necesario. V.E. sin embargo resolverá lo que estime más conveniente.
San Sebastián, 28 de Diciembre de 1908.
Firmado: por la Comisión de Obras Julio Gargallo.
Sesión de 30 de Diciembre de 1908: Aprobado agregando a su frase “que estime necesario” la de “de acuerdo con la comisión de propietarios de los terrenos de Amara”. El Secretario.
El 31 de Diciembre el Ayuntamiento envía un escrito a D. Lorenzo Arteaga y Consortes, propietarios de los terrenos de Amara que dice lo siguiente:
Informado el Sr. Arquitecto Municipal y la Comisión de Obras respectivamente, a la instancia que dirigió Vd. con fecha 6 del actual, dice lo siguiente:
El Ayuntamiento y la Comisión de Obras comunican a los propietarios de los terrenos de las márgenes del río Urumea:
1º que el plazo concedido de un mes para el estudio de la proposición de los mismos, no es suficiente y lo prolonga a 3 meses, hasta el 31 de Marzo de 1909.
2º Que la cesión del 50% ciertamente representa a primera vista un gran esfuerzo, pero que no se necesita profundizar para darse cuenta que las obras del encauzamiento necesitarán el 80% de los terrenos particulares. El Municipio considera que la cesión debería ser del 60% considerando el beneficio que obtendrán como se probará mostrando cifras exactas.
REPARTICION DEL TERRENO DE PARTICULARES EN LA MARGEN DERECHA ACTUAL.
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Terreno total de particulares……………………… 86.448 m²
Terreno ocupado por cauce ………………………. 35.703 “
Terreno para el camino de la margen derecha………….. 7.345 “
Total de terrenos que hay que expropiar… …………….. 43.048 “
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Sentada a priori la base de la necesidad del 60% (mínimo) del terreno destinado a calles, plazas y edificios públicos y siguiendo el precedente del ensanche de Amara donde los propietarios a mas de la cesión del terreno contribuyeron con ocho pesetas por metro cuadrado, procedimiento lógico, pues no sería justo que el Municipio costee por sí los enormes gastos que representan tales obras, vamos a hacer ver con cifras que contribuyendo proporcionalmente en la forma indicada a su ejecución obtendrán además un gran beneficio los propietarios.
Véase ahora en el cuadro adjunto la distribución del terreno urbanizable que quedará en la margen izquierda una vez hecho el encauzamiento.
De dominio Público De particulares
En la marisma grande………… 195.920 m²
De la actual margen derecha…. 43.402 m²
Ribera de Santiago……………. 361.922 “
Caño de Anoeta……………….. 62.960 “ _____________
Total de Terrenos 258.880 “ 405.324 “
60% para calles y plazas etc…. 155.328 “ 243.194 “
40% para edificaciones………. 103.552 “ 162.130 “
Total de terrenos……………………….. 664.204 m²
60% para calles y plazas……………… 398.522 “
40% para edificaciones………………... 265.682 “
Parece oportuno constar aquí que en las cifras anteriores incluimos los terrenos del caño de Anoeta, considerados inutilizables para edificación por sus malas condiciones de situación y subsuelo, pero el Municipio lo hace insistiendo en el criterio seguido en estos cálculos de acumular los errores sobre el Ayuntamiento favoreciendo así los intereses de los particulares a fin de obtener resultados respecto a estos siempre en defecto.
El presupuesto de la obra que comprende la apertura del nuevo cauce, construcción de muros en la ribera, terraplenado y expropiación del terreno ocupado por el mismo y camino de servidumbre de la margen derecha representa aproximadamente 3.000.000 de pesetas sin incluir el camino de servidumbre de la margen izquierda, porque en realidad será un paseo continuación del Árbol de Guernica y lo que considero bajo este aspecto dentro del concepto de calles del ensanche.
Si la obra se va a ejecutar costeándola el Ayuntamiento y particulares, proporcionalmente al terreno que cada uno obtenga para edificación, es a saber, pagando los particulares un canon por metro cuadrado de terreno edificable, como este canon sería satisfecho cuando se venda o edifique el terreno, claro es que el Municipio percibirá una determinada cantidad por este concepto durante cierto número de años que vamos a suponer ahora sean 40 y que esa cantidad sea la misma durante todos esos años. En esta hipótesis la cantidad que percibiría el Ayuntamiento sería la anualidad que en 40 años amortiza un capital de 3.000.000 de pesetas al interés compuesto del 4%; vale esta anualidad 157.560 pesetas que en 40 años hacen un total de 6.062.400 pesetas que es la cifra que efectivamente vendrá a ser el coste de la obra.
Siendo por tanto las citadas 6.062.400 pesetas el coste de la obra y 256.682 metros cuadrados de terreno edificable, cuesta la obra por metro cuadrado 22,82 pesetas.
Veamos ahora que beneficios pueden obtenerse con este medio de ejecución:
El Ayuntamiento obtiene 103.552 metros
cuadrados a 50 pesetas …………………………. 5.177.600 Ptas.
Si se ejecuta la obra pagando el Ayuntamiento
el canon proporcional le cuesta al Ayuntamiento
la obra ……………………………………………. 2.303.056,64 “
Beneficio que obtiene …………………………… 2.874.543,36 “
Los particulares se quedan con 162.130
metros cuadrados que a 50,00 pesetas son …… 8.106.500 “
El terreno actual 405.324 metros cuadrados 2.026.620 “
Tiene que pagar para ejecutar la obra… 3.699.806,60 “
Beneficio ………………………………… 2.380.073,40 “
De otro modo expresado, el terreno en la
actualidad vale el metro cuadrado ……………. 5 “
Se le resta el 60% ………………………. 3 “
Pagando un canon de …………………. 22,82 “
Resulta total ……………………………………….. 30,82 “
Suponiendo que el terreno valga luego .. 50 “
Se obtiene un beneficio de ……………………….. 19,18 “
Sobre estos cuadros vamos a hacer algunas manifestaciones.
En primer lugar, conviene advertir que los precios que hemos puesto en los cálculos son convencionales. El precio del metro cuadrado actualmente lo calculamos en 5 pesetas como término medio, siendo indispensable adoptar una sola cifra, por que, si aplicamos a cada terreno su verdadero valor se complicaría mucho la cuestión y lo que se debe pretender es presentar groso modo y aproximadamente los resultados que son de esperar. Lo mismo puede decirse del precio que suponemos adquirirían los terrenos una vez hecho el ensanche; lo hemos considerado como 50 pesetas metro cuadrado pero, fundamentalmente puede esperarse que este sería un límite mínimo.
Pasemos a estudiar el cuadro: el Ayuntamiento obtiene de este modo 2.800.000 pesetas de beneficio, cuando venda todos los terrenos edificables, pero anteriormente ha tenido que gastar 3.000.000 de pesetas mas lo que cueste la construcción de colectores a que esta obligado por la concesión, mas todo lo inherente a urbanización, pavimento, alcantarillado, distribución de agua y alumbrado de las diversas vías conforme se vallan ejecutando.
Todos estos son gastos que los propietarios costean en parte mediante el pago de derechos de edificación, acometidas y otros, pero hay que tener en cuenta también el adelanto que hace el Municipio, sumándole con los intereses consiguientes, lo cual no es una cifra despreciable, pues supone esos conceptos en todo el ensanche alrededor de 7.000.000 de pesetas.
Añádase a lo expuesto que el Municipio viene obligado a atender a los servicios públicos edificando escuelas, mercados, iglesias, puestos de bomberos, casas de socorro, etc., cuya ejecución supone una suma de dinero considerable. Estos resultados bastan para demostrar la absoluta necesidad de establecer un canon por metro cuadrado, pues de no hacerlo así para 5.000.000 de pesetas que el Ayuntamiento podrá obtener en un plazo desconocido pero desde luego próximo a 40 años, tiene que empezar a desembolsar 3.000.000 de pesetas que al interés compuesto se eleva en ese transcurso de años a una cantidad muy superior al beneficio que habría de obtener; eso sin contar los conceptos anteriormente citados que, además de no ser reproductivos imponen pesadas cargas derivadas de su conservación continua es, por consiguiente, de perfecta justicia que contribuya cada uno a medida del beneficio que obtenga con la reforma proyectada; el Ayuntamiento por la utilidad que para el pueblo de San Sebastián supone la obra no vacilará en hacer un nuevo sacrificio empezando por adelantar los fondos necesarios para esas obras, pero resalta bien patente la equidad de contribuir con canon los particulares, canon que ya hemos dicho se estableció en el ensanche de Amara y que para los propietarios representa relativamente poco comparado con las grandes ventajas que le reporta y más aun ante la consideración, muy de apreciar, de que el desembolso no lo harían de presente sino al edificar o vender sus respectivos terrenos.
Por el cuadro último se aprecia el mayor valor que obtiene el terreno particular gravado con este canon y eso que según hemos advertido las cifras están por defecto, a lo cual ha de añadirse que si el ensanche se lleva metódicamente, será natural y lógico que los terrenos alcancen precios, por lo menos, iguales a los del actual ensanche de Amara.
Sería una medida de previsión que interesa a ambas partes convenir por adelantado en el precio de expropiación para el cauce, fijando así mismo a los terrenos y edificios que comprenda el proyecto su precio correspondiente para el caso mas que probable de que el Ayuntamiento necesite por encima del 60% para destinar a vías y edificios públicos.
Por último se propone establecer compensaciones para los solares que efecto del plano resulten con irregularidades inspirándose en las bases de la proposición que se hizo anteriormente.
En cuanto a los plazos de ejecución de la obra, la concesión tiene ya impuesto por el Gobierno un plazo para su terminación (la obra está comenzada) y este plazo es hasta el año 1916, que no estimamos excesivo, pues teniendo que efectuar la desviación del río no podrá procederse con mayor rapidez si bien puede suponerse que siendo el Ayuntamiento el primer interesado en la pronta terminación, ha de procurar activar la obra en lo posible.
Respecto a lo que trata la proposición sobre trazados de calles, repetiremos lo dicho en distintas ocasiones, que ello será objeto de un amplio concurso entre personas competentes sin que podamos por de pronto adelantar nada mas sobre este particular.
Resumiendo a continuación la proposición resulta:
PRIMERO.- Cesión del 60% del terreno.
SEGUNDO.- Canon por metro cuadrado de terreno edificable a pagar cuando se edifique o venda.
TERCERO.- Establecer un precio convencional de terrenos para vías y edificios públicos en el caso que el Ayuntamiento necesite más del 60%.
CUARTO.- Convenir un precio de expropiación de terrenos y edificios para cauce y camino de servidumbre de la margen derecha.
QUINTO.- Compensación de terrenos irregulares siguiendo el sistema propuesto en las bases anteriores.
Tales son las bases que tenemos el honor de presentar como punto de partida para un acuerdo entre el Municipio y los particulares de terrenos de las márgenes de Urumea, esperando que merezcan su aprobación o reparos antes de proponer las definitivas al Ayuntamiento.
San Sebastián 23 de Junio de 1909
Por la Comisión de Obras
El Presidente
Marino Tabuyo
Sres. Don José Trecu y Consortes
División de las manzanas en solares P A R R A F O III División de las manzanas en solares Por lo que antes hemos dicho sobre la dirección de las calles en la nueva población, se deduce que sus edificios quedarán bien orientados y resguardados por completo de los vientos más incómodos y nocivos. Conseguida esta ventaja era además necesario distribuir la edificación en manzanas y estas en solares, de manera que no resultasen grandes masas, dejando libre acceso en las habitaciones al aire, a la luz y al calor del sol, agentes indispensables para su salubridad y saneamiento. Para satisfacer a estas condiciones y teniendo en cuenta el perímetro destinado al ensanche, nos ha parecido que lo mejor sería reunir varios edificios con espaciosos patios centrales, de modo que por lo menos quede con dos fachadas libres siendo las otras dos medianerías. En las manzanas destinadas a la clase acomodada, podrían construirse ocho casas; cuatro de ángulo con una superficie de 360 metros cuadrados ca...
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