QUINIENTOS AÑOS…(16)
Con fecha 18 de Septiembre de 1918, el Alcalde Mariano Zuarnabar, recibe el siguiente escrito del Sr. Ingeniero Jefe de Obras Públicas de esta demarcación, que dice lo siguiente:
“Participo a V.S. que en el Boletín Oficial de la Provincia de esta fecha se inserta el anuncio para que los individuos incluidos en la relación publicada el 5 de agosto ppdo. Comparezcan ante esa alcaldía a hacer la designación del perito que les represente en las operaciones para fijar la parte o el todo de aquellas fincas a las que afectan las obras de encauzamiento de río Urumea.=Lo que de orden del Señor Gobernador Civil de la provincia participo a V.S. para que se digne notificarlo personalmente a los propietarios interesados, según dispone el Artículo 20 de la Ley de expropiación forzosa”
Notificación del Sr. Alcalde a los propietarios de terrenos:
Lo que por ser V. uno de los interesados, tengo el honor de trasladarle, con la advertencia de que la comparecencia expresada ha de tener lugar dentro de un término de ocho días contados de la presente notificación y que la comparecencia mencionada y designación de perito ha de hacerse personalmente, no admitiéndose representación ajena sino por medio de poder debidamente autorizado, ya sea general ya expreso para este caso. Dios guarde a V. muchos años= San Sebastián 23 de septiembre 1918.
EL ALCALDE: Mariano Zuaznabar
Sres.
Don Vicente Mendiburu como representante de los Herederos de D. Gregorio Mendiburu.
Don Vicente Mendiburu como representante de D. Gregorio Mendiburu.
Don Vicente Mendiburu como representante de Don Gregorio Mendiburu.
Don Juan Olazábal como administrador de los Sres. Olazábal Hermanos.
Director General de la Compañía del F.C. del Norte.
Don Toribio Alzaga, como representante de los Herederos de Doña Matea Carmen Mendiburu. Herederos de D. Bartolomé Lopetedi y D. Joaquín y Don Pedro Irastorza.
Don José Miguel Mendiburu, como representante de los Herederos de D. Melquíades Mendiburu.
Vicente Mendiburu, como representante de los Sres. D. Gregorio Mendiburu.
Don Evaristo Goitia, como representante de los Herederos de D. José Antonio Goitia.
Don José Miguel Mendiburu, como representante de los Herederos de Melquíades Mendiburu.
D. Evaristo Goitia, en representación de los Sres. D. José Trecu, D. Lorenzo Arteaga, D. Vicente Mendizábal y D. Evaristo Goitia.
D. Toribio Alzaga, como representante de los Herederos de Doña Carmen Matea Mendiburu.
Sr. Echeverría.
Sra. Vda. De Guereca.
Sra. Vda. De Aguirrebengoa.
Sres. Herederos de Landaberea.
Sres. Herederos de D. Félix Velasco.
Sr.Director Gerente de la Cía. Eléctrica del Urumea.
(Aparece repetida alguna representación. Es debido al tener varios trozos de terreno por separado)
QUEJA AL AYUNTAMIENTO POR LA LENTITUD DE LAS OBRAS
Con fecha 28 de septiembre de 1922, la Comisión de Obras Municipales, envía a la Corporación el siguiente escrito:
Asunto de capital importancia para San Sebastián, es el de los ensanches, como único medio de dar vida, al deseo de que nuestra ya hermosa y floreciente capital busque el medio de dilatarse rompiendo el cerco que la naturaleza opone a su crecimiento.
Múltiples son las soluciones buscadas a este problema, reflejadas principalmente en los magníficos proyectos de ensanche de Amara, Antiguo y Ategorrieta y si bien en estos últimos años parece ser un hecho la realización de los mismos, todavía no hemos visto realidades que lo confirmen.
De estos tres ensanches y sin perjuicio de creer los tres necesarios, el del Nuevo Ensanche de Amara, por las circunstancias que en el mismo concurren (menor valoración de los terrenos, mayores medios de dilatación, etc.), es a mi juicio el de mas interés para San Sebastián y por lo mismo, quizás, es también su proyecto mas antiguo.
A pesar de esto y si bien es problema que el Excmo. Ayuntamiento de San Sebastián nunca ha dejado de la mano, no ha llegado aun a vías de realización, por estar con frecuencia en pugna los intereses particulares con los que el Excmo. Ayuntamiento, más que nada a mi juicio, por que a pesar de la buena voluntad de todos, no se ha buscado con el suficiente interés la vía amistosa, la armonía que siempre debió de existir entre el Municipio y sus administrados en beneficio recíproco.
El Nuevo Ensanche de Amara encierra en sí un doble aspecto, el del encauzamiento del Urumea y el ensanche propiamente dicho, problemas que están en íntima correlación, ya que no es factible el segundo sin la realización del primero.
El encauzamiento de río Urumea, ha sido asunto proyectado y debatido desde el año 1870, adquiriendo en si el Ayuntamiento el derecho a los terrenos ganados por dicho encauzamiento en R.O. de 15 de junio de 1905, pero los plazos que en dicha R.O. se concedieron para dar comienzo y terminar las obras llegaron a su fin sin que se diera cima al asunto y por desgracia nuevas y sucesivas prórrogas concedidas han transcurrido, sin que de tan vital obra se hayan llevado a cabo mas que la construcción de unos noventa metros de muro en la margen izquierda y ciento cincuenta metros en la margen derecha aguas arriba del puente de María Cristina.
Realizada la construcción de estos pequeños trozos que en el párrafo anterior se indican y hecha su recepción parcial, queda al Ayuntamiento aún la obligación de continuar su ejecución hasta dar fin a la totalidad con arreglo al proyecto oficialmente aprobado y respecto a este particular conviene recordar al Excmo. Ayuntamiento que la última prorroga de 6 años concedida con fecha 26 de Abril de 1921, establece como condición “la de que al transcurrir tres años, la parte ejecutada entre las que restan por construir, equivalga a la mitad de estas a fin de proceder en su desarrollo con actividad y de modo continuo”. Sin embargo el tiempo transcurre sin que esta condición se cumpla, y es más, sin que dentro del total de la prorroga la construcción de muro de desviación y encauzamiento progrese lo más mínimo, lo que dará origen a la solicitud de una nueva prórroga que aparte de la dificultad de conseguirla por los antecedentes existentes, sería de todas formas en condiciones mucho más onerosas.
Por lo tanto no queda más recurso al Excmo. Ayuntamiento que buscar una solución a este problema que es el pedestal sobre el que se asienta el Nuevo Ensanche de Amara del que paso a hablar a continuación por ser un asunto a mi modo de ver íntimamente ligado con el del encauzamiento, hasta el punto de constituir dos problemas englobados en uno solo.
Respecto al nuevo ensanche de Amara, una vez definitivamente aprobado el brillantísimo proyecto de los Sres. Gurruchaga y Azqueta y obtenido el R.D. acogiendo el mismo dentro de los beneficios de la Ley de Ensanche gracias a la acertada gestión de nuestro actual Alcalde-Presidente, conviene dar comienzo cuanto antes a su ejecución con objeto de poder atender al continuo incremento de población de San Sebastián, que en plazo breve tropezará con la escasez de edificaciones.
Sin embargo, este problema juntamente con el del encauzamiento se halla estancado, a pesar de que en un principio aplicando la Ley de expropiación forzosa se llegó casi a una avenencia con los particulares interesados, dando comienzo los trámites de expropiación con la declaración de utilidad pública y la de necesidad de ocupación de los terrenos afectados con las obras de encauzamiento del Urumea y los que lo fueran por las del Ensanche. Esta tramitación quedó en suspenso por haberse acogido este Excmo. Ayuntamiento a los beneficios que le concedía la Ordenanza de contribuciones especiales, en lo relativo a la obligación que tienen los propietarios a contribuir a la realización de las obras debido a la “Plus-Valía”.
Con esta aplicación de la “Plus-Valía”, recurrieron los propietarios presentando las oportunas reclamaciones y la Diputación Provincial, injustamente a mi modo de ver, falló en contra del acuerdo del Excmo. Ayuntamiento, considerando improcedente la aplicación de la Ordenanza de contribuciones especiales. Esto dio origen a que se incoara el oportuno pleito contencioso administrativo por el Excmo. Ayuntamiento contra la decisión de la Excma. Diputación, estando el asunto en este estado pendiente de resolución.
A mi modo de ver y a pesar de estar en un todo conforme con la opinión sustentada sobre el particular por el Letrado Municipal Sr. García Avecilla, dejando que estos dos problemas sigan este curso legal, nada práctico se ha de obtener ya que en el supuesto de que el Tribunal Supremo diera la razón a este Excmo. Ayuntamiento, para aquel entonces habría vencido con creces la prórroga concedida y aun una nueva prorroga que se concediera sin que tan importantes asuntos pasaran a vías de hecho.
Asuntos son pues, en que solución amistosa es la mejor y por eso me permito aconsejar se vuelva a convocar a todos los propietarios e interesados a una reunión, con objeto de llegar a constituir las bases de un acuerdo que a todos conviene.
No quiere esto decir que se debe abandonar el criterio anteriormente sustentado de aplicar la “Plus-Valía”, sino que encuentro que el rompimiento con los propietarios con quienes se mantuvieron antes tratos fue demasiado brusco y sin hallar el medio de llegar a un acuerdo, bien entendido que la expropiación forzosa y la “Plus-Valía” son dos cosas en absoluto independientes y perfectamente compaginables, ya que una cosa es la realización de una obra y otra buscar los medios económicos necesarios para llegar a dicha realización.
San Sebastián, 28 de Septiembre de 1922
Firmado: Licenciado, José María de Amilibia.
División de las manzanas en solares P A R R A F O III División de las manzanas en solares Por lo que antes hemos dicho sobre la dirección de las calles en la nueva población, se deduce que sus edificios quedarán bien orientados y resguardados por completo de los vientos más incómodos y nocivos. Conseguida esta ventaja era además necesario distribuir la edificación en manzanas y estas en solares, de manera que no resultasen grandes masas, dejando libre acceso en las habitaciones al aire, a la luz y al calor del sol, agentes indispensables para su salubridad y saneamiento. Para satisfacer a estas condiciones y teniendo en cuenta el perímetro destinado al ensanche, nos ha parecido que lo mejor sería reunir varios edificios con espaciosos patios centrales, de modo que por lo menos quede con dos fachadas libres siendo las otras dos medianerías. En las manzanas destinadas a la clase acomodada, podrían construirse ocho casas; cuatro de ángulo con una superficie de 360 metros cuadrados ca...
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