QUINIENTOS AÑOS…(15)
RECLAMACION DE LOS PROPIETARIOS DE LOS TERRENOS AFECTADOS POR EL ENCAUZAMIENTO DEL RIO URUMEA
EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIAN:
Los que suscriben, obrando en su carácter de miembros de la Junta Directiva de la Asociación de propietarios y vecinos de Amara, a V.E. con el respeto y consideración debida exponen:
Que se han enterado con la natural satisfacción que después de largo tiempo que ha permanecido en suspenso, la resolución del importante asunto del Ensanche de Amara, se ha preocupado V.E. de adoptar decisiones en el concurso de proyectos que abrió para elegir el que había de servir de base para la creación del moderno ensanche sobre los terrenos objeto de la concesión que le fue otorgada por R.O. de 9 de junio de 1905; y como consecuencia cuando V.E. eleve a la Superioridad su informe se resolverá, después de cumplidos los trámites oficiales, cual de los dos proyectos deberá ejecutarse sobre el nuevo ensanche proyectado.
En el cumplimiento de todos estos trámites reglamentarios, transcurrirá largo tiempo, y pudiera suceder, de continuar el actual estado de cosas, que cuando la superioridad dictase su resolución definitiva en el concurso abierto, no podría llevarse a ejecución las obras del proyecto aprobado, porque V.E. no había creado o ganado los terrenos objeto de la concesión que le fue otorgada por la R.O. referida de 9 de Julio de 1905, y sobre los cuales ha de levantarse la nueva Ciudad proyectada.
Por ello procede, a nuestro juicio, que independientemente de las resolución definitiva que se adopte en el concurso abierto sobre los proyectos de ensanche, se lleve inmediatamente a efecto por V.E., la ejecución de todas las obras necesarias para la desviación y encauzamiento del río Urumea, máxime si se tiene en consideración que pronto transcurrirá un año de los cuatro de prórroga que se le otorgaron a V.E. con fecha 8 de Noviembre último, no quedándole por tanto mas que tres años de tiempo para la ejecución de esa importantísima obra que influirá notablemente en el engrandecimiento de la Ciudad de San Sebastián y en mitigar la crisis obrera que nos agobia.
Como es público y notorio, y lo sabe también de ciencia propia V.E., hay algunos de los propietarios a quienes afecta las obras de desviación y encauzamiento, que oponen pretensiones exageradas a las legítimas aspiraciones de V.E., mas entendemos que esa conducta nunca puede constituir un valladar inabordable para la realización del ensanche, desde el momento en que la concesión dada a V.E. le otorga el derecho de utilizar todos los beneficios de la Ley de expropiación forzosa para el logro de sus propósitos.
En méritos de lo expuesto y con el fin de que se lleve a efecto esa importante obra precursora de una nueva era en el engrandecimiento de la Ciudad, por cuya prosperidad con tanto celo vela V.E.
SUPLICAMOS A V.E. se sirva acordar se incoe inmediatamente por ese Ayuntamiento el expediente de expropiación forzosa para la ejecución de las obras de desviación y encauzamiento del río Urumea comprendidas en la R.O. de la concesión que le fue otorgada por la Superioridad con fecha 9 de Junio de 1905, todo ello con entera independencia y sin perjuicio de que siga los trámites reglamentarios el expediente de tramitación sobre el concurso de proyectos abiertos para la creación de la nueva Ciudad sobre los terrenos de ese ensanche. Es gracia que no dudan merecer de la notoria justificación de V.E. cuya vida guarde Dios muchos años.
San Sebastián 9 de Octubre de 1917.
Firmado: Ramón Soraluce,= Marcel Frunoya?,= Javier Auzmendi
Venancio Génua,= Agustín Ubarrechena,= Eduardo Gorbea,= Vicente Mendizabal,=
En Sesión del día siguiente 10 de Octubre, el Ayuntamiento acuerda preparar un informe de urgencia.
El Ayuntamiento en sesión de fecha 28 de Noviembre de 1917 encarga a la Comisión de Obras del Ayuntamiento convoque a una reunión de propietarios de terrenos a fin de recavar posiciones.
El 4 de Diciembre Don José Setién en nombre de la Comisión de Obras envía una convocatoria a los siguientes propietarios:
“Tengo el honor de convocar a V. a una reunión que celebrará la Comisión de Obras de este Ayuntamiento el viernes próximo 7 del actual a las 3½ de la tarde, para tratar acerca del encauzamiento del río Urumea, rogándole se sirva asistir a la misma por lo que le anticipo las gracias.
Por la Comisión de Obras: José Setién.:
Personas a las que se dirige el escrito:
Sres. Herederos de D. Gregorio Mendiburu:
Sres. Herederos de D. Melquíades Mendiburu
Sres. Herederos de Doña Matea Carmen Mendiburu
Sr. Don Juan Olazábal
Sr. Don José Trecu
Sr. Don Lorenzo Arteaga
Sr. Don Vicente Mendizábal
Sr. Don Evaristo Goitia
Sres. Herederos de D. Bartolomé Lopetedi
Sr. Don Joaquín Irastorza
Sr. Don José Pedro Irastorza
Sr. Don Eustaquio Vicente Mendiburu Lizarralde.
4 de Diciembre de 1917.
Precisamente a esta reunión no asistió el convocante Don José Setién, cuya disculpa es la siguiente:
Sr. Presidente de la Comisión de obras del Excmo. Ayuntamiento de esta Ciudad: B. L. M.
Al Sr. Don Alejandro Cortazar y noticioso de que se ha retirado por haberse retrasado el suscribiente en acudir a la reunión convocada para las 3½ de la tarde, le ruego le dispense la desconsideración que pudiera significar aquel retraso, motivado por haber abandonado las oficinas de este Ayuntamiento a las 2½ de la tarde, por atenciones de su cargo y no haber tenido casi tiempo de ir y volver a su casa para comer y acudir a la citada reunión. José Setién. 7 de Diciembre de 1917.
El Sr. Cortazar comunica que no puede ofrecer las condiciones de los terrenos en Amara y que tiene que reunirse la familia en consejo y no lo hará hasta mediados del próximo año.
Siguen goteando proposiciones de propietarios de terrenos, esta es una de ellas:
Los que suscriben, propietarios “pro-indiviso” del casería Presaburu y sus pertenecidos, enterados de que el nuevo cauce del río Urumea, en el proyectado ensanche de Amara afecta a unos 1.242,50 metros cuadrados de terrenos de la mencionada finca, se hallan dispuestos a ceder estos al Exmo. Ayuntamiento en permuta por la mitad, o sea, recibiendo aproximadamente 621,25 metros cuadrados, a condición de que estos estén muy próximos a los que ellos ofrecen.
San Sebastián 10 de Diciembre de 1917.
Firmado: José Trecu,= Evaristo Goitia,= Lorenzo Arteaga. P. P. de Vicente Mendizábal-Santos Aguirre.
Comisión de Obras del Exmo. Ayuntamiento de San Sebastián.
En estos mismos términos el resto de los propietarios comunican los metros de su terreno, así Evaristo Goitia, propietario indiviso con su hermano Francisco que se encuentra en Francia, comunica que hay sobre 677, 50 metros cuadrados afectados por el proyecto y cedería su parte a cambio de 164, 375 metros cuadrados de solar.
Francisco Goitia desde Francia comunica que está dispuesto a ceder el 50% de su parte y el resto desea se pague en dinero efectivo.
D. Felipe Zumalabe en representación de Herederos de D. Melquíades Mendiburu comunica que posee una superficie de diez y seis mil quinientos veinte y cuatro metros con cuarenta y seis centímetros cuadrados y que los cedería o enajenaría en la forma siguiente:
Trece mil cuatrocientos treinta y un metros con catorce centímetros cuadrados a razón de treinta y cinco pesetas metro superficial.
Y los restantes tres mil noventa y tres metros, treinta y dos centímetros cuadrados, recibiendo en permuta de los mismos la mitad de dicha superficie en los terrenos que la Corporación obtenga con la cesión de aquellos.
Don Juan Olazábal que no asistió a la reunión, le fue solicitado por escrito las condiciones que ofrecería. Contestando:
1º El plano definitivo a que habría de acomodar el encauzamiento y ensanche de Amara:
2º Determinación concreta y exacta del punto o puntos y cantidad de terrenos de mi propiedad que habría de necesitar para llevar a feliz término dicho proyecto:
3º Plazo máximo en que habría de realizarse las obras. Sin estos antecedentes no me es posible dar una contestación categórica.
Habiendo reclamado con fecha 7 de Enero de 1918 la Asociación de propietarios de terrenos en el encauzamiento del río Urumea la activación definitiva de dicha obra.
Con fecha 2 de marzo, el Ingeniero de Obras Municipales, presenta un escrito en el que dice:
ENSANCHE DE AMARA: Por orden de la Dirección de Obras públicas, fecha 21 de marzo de 1917, fue aprobada la 2ª acta de replanteo de las obras y deslinde de los terrenos de dominio público del encauzamiento del río Urumea, cuya concesión se otorgó al Excmo. Ayuntamiento de San Sebastián por R.O. de 9 de julio de 1905. En la zona cedida al Municipio, hay un gran número de parcelas sobre las que alegan derecho de propiedad varios vecinos, y sin prejuzgar la cuestión, y a reserva de lo que en su día resultare en vista de los documentos que los particulares exhiban en corroboración de sus afirmaciones, vamos a determinar el coste de las obras y expropiaciones, concretándonos a la parte que afecta al encauzamiento y en la hipótesis de que sean incuestionables los derechos que alegan los que hoy aparecen como propietarios de los terrenos de referencia.
El presupuesto de ejecución material de las obras importaría a los precios actuales, la cantidad de 2.667.552,17 pesetas y se desarrollan en una superficie de la que 59.680 metros cuadrados parecen ser de propiedad privada. Los propietarios que proponen cambiar sus actuales terrenos por otros representarían una extensión de metros cuadrados 14.343; otros ofrecen en venta 13.432 m²; y no existe oferta alguna en el relativo a los 31.905 m² restantes.
Los que se hallan conformes en permutar los terrenos son:
Herederos de D. Melquiades Mendiburu………………………… 3.558 m2
D. José Trecu…………………………….
D. Lorenzo Arteaga……………………..
D. Vicente Mendizábal………………….
D. Evaristo Goitia………………………
____________________ 990 m2
D. Francisco Goitia……………………...
D. Evaristo Goitia………………………
____________________ 705 m2
Herederos de Doña Matea Carmen Mendiburu…………………. 9.090 m2
Suma 14.343 m2
No hacen oferta alguna:
D. Juan Olazábal………………………………………………….. 5.060 m2
Herederos de D. Bartolomé Lopetegui y
D. Joaquín y Pedro Irastorza …………………………………….. 5.260 m2
Ferrocarriles del Norte …………………………………………… 60 m2
Herederos de D. Gregorio Mendiburu ………………………….. 18.295 m2
Compañía Eléctrica del Urumea; Sra. Viuda de Aguirrebengoa,
D. Félix Velasco; Sra. Vda. de Guereca; Sres.Ladaberea y
Echeverría ……………………………………………………….. 1.475 m2
Suma 31.905 m2
Y por último D. Félix Zumalabe en representación de los Señores D. Melquiades Mendiburu propone la venta de 13.432 metros cuadrados a 35 pesetas, lo que importaría la cantidad de 470.120 pesetas.
Por consiguiente, en el estado actual del asunto el Excmo. Ayuntamiento necesitaría desembolsar:
Importe de las obras ………………………………. 2.667.752,17 ptas.
Terrenos ofrecidos en venta………………………. 470.120.00 “
Suma 3.137.872,17 “
Mas lo que importara la adquisición de los 31.905 metros cuadrados restantes. El Sr. Sarasola en su proyecto de junio de 1900 tasó esos terrenos en 4 pesetas el metro cuadrado, lo que importaría la cantidad de 127.620 pesetas, que adicionada a la suma anterior compone un total de:
3.265.492,17 pesetas.
Pero si a los Sres. Herederos de D. Melquiades Mendiburu se les abona 35 pesetas por metro cuadrado, habrá que pagar al mismo precio los terrenos restantes que se hallan en idénticas condiciones que los anteriores. La partida correspondiente a los 31.905 metros cuadrados ascendería a 1.116.675 pesetas que con el importe de las obras y de los terrenos ofrecidos en venta formaría un total de:
4.254.547,17 pesetas
San Sebastián, 2 de Marzo de 1918 El ingeniero de obras municipales
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El Alcalde Sr. Zuaznabar envía a los Sres. D. Ramón Cortazar, Arquitecto.
D. Domingo Aguirrebengoa, Arquitecto
D. Luis Elizalde, Arquitecto
D. Eusebio Calvo Aróstegui, Ingeniero de Caminos
D. Ramón Pagola, Ingeniero de Caminos : un escrito rogándoles acudan como peritos el día 16 del actual a las 11 de la mañana, al caserío Errotatxiqui del barrio de Amara, donde en unión del perito de la Administración Ingeniero de Obras Municipales D. Luis Balanzat, para dar comienzo a las operaciones de medición correspondiente al expediente de expropiación de los terrenos afectados por el proyecto de desviación y encauzamiento del río Urumea.
San Sebastián 13 de enero de 1919
Firmado: El Alcalde Mariano Zuaznabar.
El perito del Municipio Sr. D. Luis Balanzat, comunica al perito D. Ramón Cortazar sobre los terrenos comprendidos entre el caserío Errotachiqui y el puente de hierro del ferrocarril perteneciente a los Herrederos de D. Melquiades Mendiburu, es una extensión de doscientos noventa y ocho metros cuadrados y ochenta centímetros cuadrados sin incluir las marismas.
En el plano adjunto se indica la situación y linderos de la finca que es la señalada con el nº 1 su cabida total es de mil quinientos sesenta y dos metros cuadrados: el terreno es inculto dedicados a antepuertas. El producto en renta es de (no se paga renta): La contribución que se paga es de 34 pesetas y diez céntimos y la riqueza imponible asciende a 238 pesetas.
San Sebastián 16 de enero de 1919.
NOTA: No ha sido presentado documento alguno que acredite que las marismas pertenezcan al propietario de referencia ni que la cabida total sea de 1562 m².
Firmado: Luis Balanzat.
Años más tarde, en Diciembre de 1923, se hizo una valoración del Caserío ERROTA-CHIQUI Y ANEJOS, reflejado en el siguiente documento:
De unos terrenos que hasta antes de pensar en el encauzamiento del río Urumea no se creía que podían tener validez alguna, durante bastantes años entre el Ayuntamiento y los propietarios mantendrán muchas, muchas conversaciones con la finalidad unos de poder disponer de los terrenos para llevar adelante la obra y los otros para obtener el mayor beneficio posible de dichos terrenos que hasta ahora aportaban muy poca agricultura y algo de pesca.
Un mismo escrito a D. Ramón Cortazar que representa a Herederos de D. Gregorio Mendiburu, con una extensión de quinientos cuarenta y dos metros con 82 decímetros cuadrados, señalado con el nº 2 comprendidos en esta superficie el caserío llamado Errota-chiqui, con el mismo cálculo de renta y riqueza imponible que el anterior, pero en este caso se supone que acredita su propiedad ya que D. Luis Balanzat no añade ninguna nota.
Remite otro escrito a D. Ramón Cortazar como representante de los herederos de Doña Matea Carmen Mendiburu, en una extensión de mil sesenta y un metros cuadrados y cuarenta y cinco decímetros cuadrados sin incluir la marisma anterior. En el plano se indican la situación y linderos de la finca que es la señalada con el 3. La cabida total es la de mil quinientos treinta y nueve metros y treinta y dos centímetros. La marisma dedicada antiguamente ostrera. Su producto de renta asciende a (no paga renta), siendo de 17,90 pesetas, la contribución que se paga es de 125 pesetas la riqueza imponible.
NOTA: No me ha sido presentado documento alguno que acredite que las marismas pertenezcan al propietario de referencia ni que la cabida total sea la indicada. Firmado D. Luis Balanzat.
Al mismo Sr. Cortazar sobre los terrenos pertenecientes a D. Melquiades Mendiburu en una extensión doscientos sesenta y un metros cuadrados y quince decímetros cuadrados y el caserío llamado Aldunene que está emplazado en la parte de los terrenos anteriores y en otros pertenecientes a D. Juan de Olazabal. Se señala la situación y linderos de la finca, que es la señalada con el número 4. La cabida total es la misma expresada anteriormente. El terreno es inculto dedicado a antepuertas su producto de renta asciende a (no paga renta) siendo de 34 pesetas diez céntimos de contribución paga 238 pesetas
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División de las manzanas en solares P A R R A F O III División de las manzanas en solares Por lo que antes hemos dicho sobre la dirección de las calles en la nueva población, se deduce que sus edificios quedarán bien orientados y resguardados por completo de los vientos más incómodos y nocivos. Conseguida esta ventaja era además necesario distribuir la edificación en manzanas y estas en solares, de manera que no resultasen grandes masas, dejando libre acceso en las habitaciones al aire, a la luz y al calor del sol, agentes indispensables para su salubridad y saneamiento. Para satisfacer a estas condiciones y teniendo en cuenta el perímetro destinado al ensanche, nos ha parecido que lo mejor sería reunir varios edificios con espaciosos patios centrales, de modo que por lo menos quede con dos fachadas libres siendo las otras dos medianerías. En las manzanas destinadas a la clase acomodada, podrían construirse ocho casas; cuatro de ángulo con una superficie de 360 metros cuadrados ca...
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